Nueva condena a Bankia por preferentes por 90.000 euros

  • La audiencia obliga a devolver a Bankia 90.000 euros por participaciones preferentes
  • El demandante es una persona joven dueño de un gimnasio
  • No ha habido lugar a juicio por la claridad de las pruebas presentadas

 

El juzgado de primera instancia nº 1 de Valencia ha estimado la demanda formulada a instancia de Antonio Vicente Aguilar García contra la entidad Bankia S.A. DECLARANDO la nulidad de las órdenes de compra de valores por los actores de los títulos de participaciones preferentes por un valor de 90.000 €  así como la nulidad de la orden de aceptación de la oferta de recompra de participaciones preferentes y suscripción de acciones de Bankia de 22 de marzo del 2012 por la existencia de error esencial relevante y excusable en el consentimiento ordenándose la restitución recíproca de prestaciones que fueron objeto del contrato, y por tanto CONDENANDO a la demandada a la devolución de la suma reclamada de 90.000 € en concepto del principal más los intereses legales devengados desde las fecha de suscripción de la orden de compra, pero deduciendo de dichos importes las cantidades percibidas por la actora como intereses abonados por la demandada por importe de 9.851´25 € más los intereses legales devengados por las correspondientes sumas de estos intereses desde su percepción; y con imposición de costas a la parte demandada.

En palabras de Jaime Navarro, abogado del demandante, “el perfil de mi representado ya no es el de persona mayor, con escasos o nulos conocimientos del sistema financiero, sino una persona joven, que fue engañado al igual que podría haber sido engañado cualquiera, y eso es lo que está sentenciando aquí el juez.”

Esta sentencia se produce a continuación de otro reciente fallo, también contra Bankia (en este caso con origen en Cajamadrid), de 24 de octubre y del Juzgado de Primera Instancia Nº4 de Valencia, que condenaba a la entidad demandada a la devolución de 94.000 € a un matrimonio de mediana edad, con otras inversiones: Bonos de Caja Madrid, Acciones de Endesa, Acciones de Telefónica Móviles, Derechos de Mapfre, y había adquirido, ya en 2004, Participaciones Preferentes de Caja Madrid. Por tanto, como pasaba hasta ahora, ya no son modestas personas ancianas que nunca han invertido en productos de riesgo los que logran la devolución de sus ahorros perdidos.

Jaime Navarro

Abogado experto en finanzas

www.jaimenavarro.net

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